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COMUNICADOS

- La reforma constitucional en período de transición es improcedente y elimina cualquier posibilidad de concertación

- NO ES LO MISMO DEMOCRACIA QUE DEDOCRACIA

- PARA ATRÁS NI PARA COGER IMPULSO

- DIOS, PATRIA Y...

- EL PRIMER PALO TA'DAO

- EL PRINCIPIO DE LA JUSTICIA, ES EL EQUILIBRIO.

- CARTA AL SEÑOR PRESIDENTE ING. AGRÓN. HIPÓLITO MEJÍA

- LLAMADO PUBLICO A LA REFLEXIÓN

 


NO ES LO MISMO DEMOCRACIA QUE DEDOCRACIA

La elección de un juez no debe ser arbitraría. No se elige con un dedo, Es una labor de trascendencia moral y cívica que no todos pueden ejercer. La experiencia en el ejercicio de función judicial debe ser tomada en cuenta.

La justicia debe ser igual para todos y todos debemos estar representados en ella.

El proceso de elección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia debe ser transparente, sin intereses políticos y con la participación de toda la nación.

El artículo 12 de la Ley Orgánica del CNM prevé “la presentación de candidaturas será absolutamente libre, y se podrá realizar tanto por instituciones como por personas físicas.

Tú tienes el derecho de participar, asegurando la transparencia de este proceso. Promueve el candidato de tu preferencia a través del Grupo Comunitario o Asociación a la que pertenezcas.

05 de septiembre de 2001, Ultima Hora


PARA ATRÁS NI PARA COGER IMPULSO

Aceptar la politización de la justicia representaría un paso atrás en el proceso de fortalecimiento de la democracia que pondría en riesgo los progresos realizados en los últimos años. Significaría volver a la compra y venta de sentencias, a la repartición de los tribunales y jueces por parcelas políticas.

El proceso de elección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia debe ser transparente sin intereses políticos u con la participación de toda la nación.

El articulo 12 de la Ley Orgánica del CNM prevé "la presentación de candidaturas será absolutamente libre, y se podrá realizar tanto por instituciones como por personas físicas".

Tu tienes el derecho de participar, asegurando la transparencia de este proceso. Promueve el candidato de tu preferencia a través del Grupo Comunitario o Asociación a la que pertenezcas.

04 de septiembre de 2001, Periódico Hoy


DIOS, PATRIA Y...

Sin justicia no hay libertad.

El proceso de elección de los jueces de la Suprema Corte de nuestra nación debe ser transparente y con la participación masiva de toda la sociedad, para asegurar que los jueces elegidos sean los mejores hombres y mujeres de nuestro país. Sin la intervención de intereses políticos o partidiarios.

Atención a toda la nación, la libertad individual, la protección de bienes, el derecho de expresión, la seguridad personal y la protección frente al abuso de autoridad están en juego.

El articulo 12 de la Ley Orgánica del CNM prevé "la presentación de candidaturas será absolutamente libre, y se podrá realizar tanto por instituciones como por personas físicas".

Tu tienes el derecho de participar, asegurando la transparencia de este proceso. Promueve el candidato de tu preferencia a través del Grupo Comunitario o Asociación a la que pertenezcas.  

03 de septiembre de 2001, Periódico El siglo


EL PRIMER PALO TA'DAO

En el proceso de elección de los miembros faltantes del Consejo Nacional de la Magistratura, la política ya metió su mano.

¿Cuál será el próximo palo?

¿Será la intención de cambiar la composición actual de la Suprema Corte de Justicia a fin de convertirla en un órgano donde los intereses políticos partidarios sean los que predominen?

El proceso de elección de los jueces de la Suprema Corte debe ser transparente, sin iniciases políticos y con la participación de toda la nación. De lo contrario desaparecería un sistema legal justo para todos.

El articulo 12 de la Ley Orgánica del CNM prevé "la presentación de candidaturas será absolutamente libre, y se podrá realizar tanto por instituciones como por personas físicas".

Tú tienes el derecho de participar, asegurando la transparencia de este proceso. Promueve el candidato de tu preferencia a t aves del Grupo Comunitario o Asociación a la que pertenezcas.  

02 de septiembre de 2001, El Nacional


EL PRINCIPIO DE LA JUSTICIA. ES EL EQUILIBRIO.

SEÑORES CONGRESISTAS:

Una vez más la historia está en sus manos.

En el proceso de elección de los dos miembros representantes del Congreso que faltan para completar el Consejo Nacional de la Magistratura, deben estar representadas las fuerzas políticas más importantes de nuestro país, manteniendo así el equilibrio y la pluralidad que han facilitado la gobernabilidad de nuestra nación en los últimos años.

Ese es el verdadero espíritu de la reforma constitucional de 1994. al establecer que tales miembros deben pertenecer a partidos diferentes a los partidos de los Presidentes de las Cámaras congresionales.

Exhortamos a los miembros actuales del Consejo Nacional de la Magistratura, así como a nuestros señores congresistas, a que abran las puertas a la pluralidad y a la participación colectiva, preservando el equilibrio en el seno de dicho Consejo.

28 de agosto de 2001, El Nacional


CARTA AL SEÑOR PRESIDENTE ING. AGRÓN. HIPÓLITO MEJÍA 

7 de Septiembre de 2001

Señor

Ing. Agrón. Hipólito Mejía

Presidente de la República Dominicana

Su Despacho

Palacio Nacional

Excelentísimo señor Presidente:

La Coalición por una Justicia Independiente, organismo integrado por las Asociaciones que figuran en esta comunicación, le felicita por sus recientes declaraciones en el sentido de que serán televisadas las sesiones del Consejo Nacional de la Magistratura en el proceso de elección de los jueces faltantes de la Suprema Corte de Justicia.

Asimismo, celebramos el llamado a la sociedad hecho por el señor Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Dr. Guido Gómez Mazara, para que presente sus candidatos, tal y como lo ha venido solicitando nuestra campañ, en cumplimiento de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura. El próximo lunes 10 una lista de nombres propuestos como candidatos será entregada por nuestra Coalición a la Secretaría de Consejo, encargada de tal atribución.

Con el ánimo de continuar contribuyendo con este proceso tan vital para la nación y con miras a la reunión a la cual ha invitado Usted a los demás miembros del Consejo para el día 12 de los corrientes, nos permitimos sugerir que se acoja la recomendación de los senadores Andrés Bautista Rojas y José González Espinosa, en el sentido de que en la primera sesión se haga una depuración de los nombres propuestos, para oficializar entonces los candidatos preseleccionados por el Consejo.

De la lectura del Reglamento Interno del Consejo que Usted preside, se desprende que esa primera fase de depuración debe ser el resultado de un proceso de exclusión e investigación de lo nombres propuestos. Usted ha señalado que existe un gran número de nombres ya sometidos a la consideración del Consejo. Una forma eficiente de reducir rápidamente tal cantidad sería que el Consejo realice una primera depuración, excluyendo de la lista a aquellos que reunan una o varias de las condiciones siguientes:

  1. Los que manifiesten al CNM el deseo de ser excluidos

  2. Aquellos que sean dirigentes de partidos políticos, hayan realizado actividades político-partidistas o proselitistas en el pasado reciente o profesen una lealtad públicamente reconocida a líderes partidistas.

  3. Aquellos que por razones de edad o de salud, no posean la lucidez o el dinamismo deseables.

  4. Aquellos a quienes el rumor público acuse de ejercicio profesional alejado de los principios éticos o se hayan visto involucrados en hechos contrarios a la ley.

  5. Aquellos cuyo total anonimato en el medio especializado presuma una carencia de condiciones de experiencia y madurez en el ejercicio, imprescindibles para el cargo.

Una vez realizada esa primera depuración, podrán publicarse los candidatos del Consejo, pues hasta tanto, se tratará sólo de nombres propuestos como candidatos. En la experiencia del año 1997, la primera depuración realizada por el CNM redujo los nombres sometidos de 252 a sólo 48 candidatos preseleccionados, cuyos nombres fueron publicados, dándose la oportunidad a toda la ciudadanía de presentar objeciones, observaciones o tachas en contra de los mismos.

Asimismo, el Artículo 15 del reglamento Interno del Consejo permite al Consejo convocar a los candidatos para ser evaluados, someter a vistas públicas las candidaturas e indagar todas las circunstancias que considere oportuno para recabar el parecer de instituciones y ciudadanos. Estas facultades reglamentarias del Consejo fueron igualmente puestas en vigencia anteriormente y entendemos que su ejercicio puede ser mejorado en esta oportunidad.

Señor Presidente, puede Usted tener la seguridad de que sólo nos mueve el interés de ser útiles al Consejo y a nuestro país, colaborando en la celebración de un proceso transparente y sano. Reiteramos que es necesario que se completen las vacantes de la Suprema Corte de Justicia, pero sobre todas las cosas, es imprescindible que esto se haga bien.

Le saludamos con respeto y distinción.

13 de septiembre de 2001, Diario Libre


LLAMADO PUBLICO A LA REFLEXIÓN

La Coalición por una Justicia Independiente, ante la forma en que se llevó a cabo la selección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, se siente en el deber de realizar las reflexiones siguientes:

La Metodología:

Decididamente, el aspecto más decepcionante de todo este proceso ha sido la absoluta carencia de un método adecuado. La manera en que se condujo la elección, tuvo graves fallas que empañaron la transparencia prometida e impidieron la participación efectiva de la ciudadanía. Preocupan especialmente el irrespeto de los plazos y de la pausa necesaria para una decisión de tal seriedad. En menos de tres horas, se agotó un proceso que anteriormente había tomado más de cuatro meses completar.

Las fallas se repitieron desde la convocatoria, hasta la precipitada juramentación de los nuevos jueces. Debemos destacar de manera particular el carácter secreto de las depuraciones. La primera de ellas, en la cual se eliminaron más de cien nombres, se produjo al margen de una reunión formal del Consejo Nacional de la Magistratura y los criterios utilizados para tales fines aún se desconocen. La segunda depuración, se redujo la lista de 67 a 25 candidatos, hecha al inicio mismo de la reunión, se efectuó igualmente de forma poco clara, sin especificar los criterios utilizados. Tampoco se conoció el resultado de las votaciones internas.

El proceso de evaluación fue insatisfactorio, no sólo por su superficialidad sino porque evidenció la falla absoluta de planificación por parte del organismo evaluador, que parecía estar representando un acto de puro formalismo. Esto impidió que se aprovechara la oportunidad única de evaluar, por esta vía las cualidades personales y profesionales de los candidatos. Tampoco permitió que se conociera su posición sobre puntos tan importantes par el futuro de la reforma judicial como su criterio sobre la carrera judicial, sus propuestas para mejorarla y su nivel de compromiso con el proceso de modernización e institucionalización del Poder Judicial.

La rápida deliberación, nueva vez llevada a cabo secretamente, sin que se conozcan las razones que privilegiaron unos candidatos sobre otros, privó a la ciudadanía de la transparencia prometida y se su derecho legítimo a participar en el proceso, contribuyendo con sus observaciones y reparos a que el Consejo se formara una mejor opinión de todos los candidatos.

En lo que respecta a la depuración y a la evaluación, nos sentimos obligados a condenar con firmeza el trato desconsiderado a candidatos de mucha valía, aquienes se les despidió, después de convocarlos, sin evaluarlos ni informarles el porqué de su retiro. Otros, igualmente respetables, capaces y probos, se sometieron a un interrogatorio banal e intrascendente. Es doloroso que se cause este daño a la credibilidad del proceso, afectando la calidad de futuras elecciones.

La Selección:

Sin cuestionar las capacidades, la experiencia y las condiciones morales de los escogidos, la forma en que fue conducido el proceso resta indudablemente legitimidad a los resultados finales, puesto que al ser secreta la elección, no se conocen los méritos que inclinaron la balanza a su favor, frente a muchos otros cuyas trayectorias públicas los hacen, por lo menos, igualmente merecedores. El arreglo para seleccionar cuadros políticos, motivado más por este carácter que por las bondades personales de quienes se eligen, no sólo contraviene el espíritu de la Ley, sino que además arroja seria dudas sobre el futuro de la reforma judicial.

La Suprema:

Al escoger candidatos que no se desempeñaban como jueces al momento de su elección, el Consejo dejó de lado el interés supremo de fortalecer la carrera judicial. Es muy lamentable que a ello contribuyan, en todos los casos, los dos jueces de la Suprema Corte de Justicia que forman parte del Consejo.

Nuestra promesa:

Ante los peligros crecientes que acechan el fortalecimiento y la independencia del Poder Judicial, reafirmamos nuestra convicción de la necesidad de continuar participando y, sobre todo, estimulando a la ciudadanía a integrarse a un proceso que, como éste, nos afecta a todos. Seguiremos trabajando. Tienen ustedes nuestra palabras.

17 de septiembre de 2001, Diario Libre

COALICION POR UNA JUSTICIA INDEPENDIENTE

  • Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc.      (FINJUS)

  • Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, Inc. (ANJE)

  • Asociación Dominicana de Abogados Empresariales, Inc. (ADAE)

  • Centro de Estudios Sociales Padre Juan Montalvo

  • Alfalit Dominicana

  • Centro Dominicano de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL)

  • Asociación Americana de Jurístas

  • Participación Ciudadana


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