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Introducción al Fraude
El
caso Bancrédito constituye uno de los fraudes bancarios más escandalosos
develados en nuestra historia moderna. Por esto, al igual que como se ha
hecho en el expediente Baninter, las Autoridades Monetarias y
Financieras, no sólo lo han denunciado responsable, coherente y
públicamente, sino que se han querellado y constituido en parte civil
contra los responsables de los mismos hasta ahora identificados.
Sin embargo, queriendo pasar por alto
este grave hecho fraudulento, los acusados, señores Manuel Arturo
Pellerano y Felipe Mendoza, quieren públicamente vender la idea de que
dicha querella resulta temeraria, pues ellos sólo son simples víctimas
del poder, que bajo su administración en el Bancrédito no ocurrió fraude
alguno, y que este Banco no quebró.
Carece de asidero el primer argumento,
toda vez que por el contrario los acusados han sido ostensible y
reiteradamente favorecidos por importantes estamentos del poder. En este
tenor, olvidan los citados implicados que fue el Procurador Fiscal del
Distrito Nacional, quien habiendo transcurrido algo más de dos meses
desde la fecha en que las Autoridades Monetarias y Financieras le
presentaron la querella en cuestión, se destapó con un insólito e
insostenible dictamen desestimando la misma, sin ni siquiera haber citado
o interrogado antes a ninguno de los representantes del Banco Central de
la República Dominicana, ni de la Superintendencia de Bancos.
Pero no menos improcedente y carente
de sustento legal es el otro alegato aducido por los señores Manuel
Arturo Pellerano y Felipe Mendoza, de que dicha querella nos resulta
temeraria, ya que mientras ellos estaban en el control y la
administración del Bancrédito, ocurrieron graves hechos fraudulentos,
como los que sólo a título de ejemplo se enumeran a continuación, a
saber:
A pesar de que según el informe de
auditoría preparado por la firma de auditores externos de los anteriores
dueños del Bancrédito, KPGM, los activos del Banco para el 31 de
diciembre 2002 eran de apenas unos CINCO MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE
PESOS (RD$5,800,000.000.00); para mediados del siguiente año, en sólo
doce días, del 12 al 24 de junio de 2003, estos activos se dispararon,
misteriosamente de DIEZ Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES
DE PESOS (RD$16,864,000,000.00) a VENTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
SEIS MILLONES DE PESOS (RD$28,546,000,000.00) aproximadamente. Lo
reseñado, avalado en fehaciente documentación que reposa en manos de la
juez instructora, pone en evidencia que los anteriores dueños del
Bancrédito tenían un registro contable nominal y falso para las
autoridades, los ahorristas y depositantes del banco y otro muy distinto
u oculto para ellos, lo que a la luz de los acápites d) y e) del Art. 80
de la Ley No. 183-03, o Ley Monetaria y Financiera, y los arts. 147 y 148
del Código Penal es un delito financiero y falsario de tipo criminal.
Por igual, apropiándose
fraudulentamente de los valores depositados en sus arcas por miles de los
ahorristas, depositantes y el propio Banco Central de la República
Dominicana, los principales ejecutivos del Bancrédito, ahora procesados,
desviaron valores a favor de un conjunto de empresas vinculadas con ellos
por vía de “préstamos” y “pago de sobregiros” por un monto superior a los
VEINTE MIL MILLONES DE PESOS (RD$20,000,000,000.00).
Por ejemplo, a Bancredit Cayman LTD. le destinaron recursos por el orden
de más de CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL MILLONES DE PESOS (RD$4,542,000,000.00);
a Segna, S.A. por más de UN MIL SETECIENTOS MILLONES DE PESOS (RD$1,700,000,000.00);
a Bancrédito Panamá, S.A. por más de UN MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE
PESOS (RD$1,400,000,000.00); a Bancredicard, S.A. por más de UN MIL CIEN
MILLONES DE PESOS (RD$1,100,000.000.00); a GFN International Investment
Corp. por más de SETECIENTOS MILLONES DE PESOS (RD$700,000,000.00); a
Zona Franca San Isidro, S.A. por más de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS
(RD$190,000,000.00); a Tricom, S.A., por más de VEINTE MILLONES DE PESOS
(RD$20,000,000.) y SESENTA MILLONES DE DOLARES (US$60,000,000.00); a la
Editorial AA, S.A., por más de SESENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS (RD$66,000,000.00),
etc. Estos hechos se encuadran en las infracciones, también criminales,
de la estafa y el abuso de confianza agravado, previstas en los Arts. 405
y 408 del Código Penal.

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