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REFORMA
CONSTITUCIONAL: UNA PROPUESTA Aunque
hay algunas opiniones divergentes, puede
afirmarse que existe un amplio nivel de consenso en la clase política y
en la sociedad civil respecto a la necesidad de reformar la Constitución.
Igual nivel de consenso existe en considerar que la sola modificación de
la Constitución no va a
significar que todos los problemas de nuestro sistema político serán
resueltos, pero sí que puedan serlo. Si bien es cierto que el marco
institucional lamentablemente no determina en nuestra realidad el quehacer
cotidiano en las instituciones, ni el ejercicio de las autoridades electas,
como tampoco el comportamiento ciudadano, no es menos cierto también que
ese marco institucional facilita o dificulta que las instituciones, las
autoridades y los ciudadanos actúen y se comporten como se espera en un
Estado de Derecho, con una sólida institucionalidad democrática. Y en
ese sentido se estima que nuestra actual Constitución necesita dos tipos
de reformas: una de “poco calado” para corregir incongruencias en el
texto por el poco cuidado tenido en las reformas realizadas, y otra mucho
más profunda para adecuarla a los nuevos tiempos, los actuales y los por
venir. No olvidemos que la actual Constitución es, fundamentalmente, la
misma de 1966. Mucho mas ahora por cuanto una de las dos últimas reformas
aprobadas significó el restablecimiento de la reelección presidencial
que fue abolida en la reforma de 1994. Recogiendo
y tratando de interpretar las demandas y propuestas que han hecho
distintos sectores y personalidades, parece conveniente y necesario que en
un proceso de reforma constitucional se observen, al menos, los siguientes
principios: legalidad y legitimidad, en el sentido
de que debe realizarse según lo establecido por la Constitución,
pero de una forma que cuente con la aceptación de las fuerzas sociales y
políticas más significativas; un
amplio consenso entre estas mismas fuerzas sobre el contenido de la
reforma; una participación real de la sociedad civil, complementando a
los partidos políticos; conocimiento experto para articular los acuerdos
en un anteproyecto; sanción legislativa y ratificación por el pueblo,
como depositario final de la soberanía. Un proceso de reforma
constitucional en el que se hayan observados y conjugados los principios
anteriormente señalados tendrá por resultado una Constitución que será
no sólo aceptada, sino asumida y defendida, porque refleja el sentir, las
aspiraciones y los pareceres de toda la sociedad en la diversidad con que
conforma el Estado. Será una Constitución de todos, porque todos hemos
participado, de alguna manera, en su elaboración. Y esta es la primera
condición para que una Constitución deje de ser un marco institucional y
jurídico solamente formal para convertirse en algo que realmente tenga
vigencia, regulando el quehacer de las instituciones, el ejercicio del
poder político, las actividades de las autoridades y el comportamiento de
los ciudadanos. Lo
importante es entonces lograr la manera en que puedan conjugarse estos
principios, y creemos que nuestra experiencia, y las experiencias de las
distintas fórmulas que se han utilizado en recientes reformas
constitucionales en algunos países europeos y de América Latina, nos
pueden ayudar a encontrar una fórmula innovadora en que se combinen lo
mejor de los distintos modelos y experiencias. Y pienso que pudiera ser ésta,
que formulo como propuesta con la esperanza de que provoque algunas
reacciones, para descalificarla o para enriquecerla. El
proceso se iniciaría con la creación, por un Decreto del Poder Ejecutivo,
de una Comisión Especial formada de tal manera que sea representativa de
la diversidad nacional, comprendiendo a representativos de la sociedad
civil y de los partidos políticos, que tendría la encomienda de escuchar
pareceres y propuestas, organizando consultas a nivel nacional y
municipal, y elaborar luego las propuestas de reformas a la Constitución.
Sería una Comisión creada por el Presidente de la República para que le
sugiera la forma de reformar la Constitución, así como el contenido de
la reforma, dejando a las organizaciones políticas y de la sociedad civil
le designación de sus representantes. La Suprema Corte de Justicia, por
su parte, nombraría una Comisión de reconocidos constitucionalistas con
la responsabilidad de elaborar un anteproyecto de reforma a la Constitución,
partiendo de las propuestas consensuadas en la Comisión Especial nombrada
por el Presidente de la República. Este anteproyecto sería conocido y
sancionado por los legisladores del Congreso Nacional, transformado en
Asamblea Revisora. El texto aprobado
por el Congreso en Asamblea Revisora se sometería a un Referendum donde
el pueblo, que detenta el poder soberano, lo sancionaría de forma
definitiva. En esta fórmula se conjugan la intervención de los tres
Poderes del Estado, la participación de la sociedad civil, un
conocimiento experto en la presentación de las propuestas y la sanción
definitiva de quien detenta el poder soberano. Permite que la sociedad
civil presente sus pareceres de forma articulada y consensuada con la
clase política y se reserve al Congreso Nacional la aprobación del nuevo
texto constitucional, pero dejando al pueblo, en un Referéndum, la sanción
final. Es
muy probable que existan o se prefieran otras fórmulas para lograr que la
reforma de la Constitución sea el resultado de un gran acuerdo nacional.
La que aquí se presenta trata de
hacer posible la participación y la colaboración de los que deben ser
los actores del proceso político constitucional, otorgándole y preservándole
a cada uno un ámbito de competencia. Por estas razones, creo es
posible que tenga poco rechazo, por lo que puede ser factible.
Rafael
Toribio 21
de octubre 2004 |