EVALUACIÓN DE JUECES
Francisco Álvarez Valdez - 07 de abril 2004

Es conocido en los círculos interesados en el tema de la reforma judicial que los jueces del país han sido evaluados como lo requiere la Ley de Carrera Judicial y su reglamento de aplicación. Sin embargo, los resultados de la evaluación son el secreto mejor guardado del país.

La Ley de Carrera Judicial requiere que esta evaluación se haga anualmente. No se han conocido los resultados de ninguna de las realizadas. Tal vez sería hora de que la palabra transparencia, utilizada con frecuencia por la Suprema Corte de Justicia y sobre todo por su vocero, su Presidente, el Dr. Jorge Subero Isa, se haga realidad en este aspecto de vital importancia para los ciudadanos. Dar a conocer los resultados de la evaluación es sobre todo importante en estos momentos en que con justificada razón la sociedad protesta por la ineficiencia y lentitud del aparato judicial.

No se trata de que se publiquen los resultados individuales de cada juez evaluado. Creemos que no sería prudente. Pero si que se puedan ofrecer informaciones por categorías de jueces (jueces de paz, de primera instancia civil, de primera instancia penal, de primera instancia laboral, de primera instancia de tierra, de cortes de apelación por cada una de sus salas especializadas, de la Suprema Corte por cada una de sus salas especializadas), y divididos por ciudades, por provincias. La ciudadanía puede de esta manera conocer cuáles son las debilidades específicas y en qué tipo de tribunales de qué provincias son más ostensibles.

Entendemos que estas evaluaciones son utilizadas para reforzar la preparación de los jueces que más lo necesiten por parte de la Escuela Nacional de la Judicatura, pero también deben servir para aplicar la Ley de Carrera Judicial, que dispone que cuando un juez no logra un rendimiento adecuado de acuerdo con su evaluación, será suspendido por 30 días y sometido a un proceso de capacitación, y si reincide en una evaluación deficiente, será separado de la carrera judicial.

Entendemos que la Suprema Corte de Justicia no está haciendo lo suficiente para informar adecuadamente a la ciudadanía que la Ley de Carrera Judicial se está cumpliendo satisfactoriamente. De hecho, en el pasado reciente se han detectados violaciones a la Ley de Carrera Judicial, como fue el caso del traslado de una juez sin su consentimiento, como forma de sanción, lo que está expresamente prohibido en la ley. Se necesita conocer que la edad de retiro establecida en la ley se está aplicando, que los ascensos por escalafón se están cumpliendo rigurosamente. Esta información debe estar disponible por lo menos a través de la página Web de la Suprema Corte de Justicia. Lo mismo ocurre con las declaraciones juradas de bienes de los jueces. Esta información estaba antes disponible en Internet, pero cuando usted entra al site de la Suprema Corte de Justicia (suprema.gov.do) se encuentra con que la información ya no está disponible. Y esa información debe estar siempre disponible y además actualizada como manda la ley.

Llegará el momento en que nuestro más alto tribunal entenderá que la mejor defensa que posee para protegerse de aquellos intereses que desean que la justicia vuelva a ser esclava, es la transparencia, pues es su mejor vínculo con la ciudadanía.-

Francisco Álvarez Valdez
Abogado

 
07 de abril 2004